LEY BORRÓN Y CUENTA NUEVA 

La gran oportunidad de borrar tu reporte negativo en datacredito 

Las últimas noticias de ley de Borrón y cuenta nueva es que se encuentra lista para su aplicación, la oportunidad que muchas personas estaban esperando para sanear sus reportes en las centrales de riesgo y que son el principal obstáculo para tener acceso a los créditos formales con las entidades financieras. Es una amnistía para todos las personas con reportes negativos ante las centrales de riesgo, para mejorar su puntaje de crédito. NO es una ley para omitir o dejar de pagar obligaciones adquiridas y que hoy están en mora. 

Cuales son las centrales de riesgo que existen en Colombia: Conoce todo sobre las centrales de riesgo en Colombia

El score crediticio y los reportes de las entidades financieras, bancarias y comerciales son la base para para la aprobación de créditos, con esta nueva ley se busca la normalización de más de 10 millones de personas con reportes negativos en el país.

Está ley reforma la ley de habeas data (1266 de 2008) y cambia sustancialmente el procedimiento, la obligación y otros aspectos en la dinámica de los reportes ante las centrales de riesgo de las personas con actividad crediticia. 

Tener reportes negativos baja tu puntaje de crédito o score crediticio ¿Cómo subir mi puntaje de crédito?

Características relevantes de la ley de borrón y cuenta nueva: Para facilitarte el entendimiento y aplicación de la nueva ley, hemos clasificado en 6 puntos los aspectos relevantes:

  1. COMUNICACIÓN AL DEUDOR: Debe existir comunicación previa al deudor para informarle que será reportado ante las diferentes centrales de riesgo, esto se mantiene de la ley anterior. Lo nuevo es la doble comunicación cada una con un intervalo de 20 días hábiles entre ellas cuándo se trate de montos inferiores al 15% del salario mínimo, algo así como $135.000 pesos a la fecha.
  2. TIEMPO DE PERMANENCIA: Los reportes positivos tendrán permanencia indefinida en las centrales de riesgo, los reportes negativos el doble del tiempo de mora o máximo 4 años (este tiempo se mantiene igual a lo establecido en la ley anterior, no fue modificado).
  3. CADUCIDAD:  Las obligaciones en mora podrán estar reportadas máximo 8 años  y no 14 años como establecía la ley de habeas data 1266 de 2008, esta reducción del tiempo debe contarse desde el momento en que entra en mora la obligación y no desde el momento en que se hace el reporte del dato negativo ante las diferentes centrales.
  4. TIEMPO PARA REPORTAR: El plazo máximo para que una entidad financiera o comercial realice el reporte negativo ante el banco de datos o central de riesgo es de 18 meses contados a partir de la mora, transcurrido este tiempo ya no lo podrá hacer, es ilegal el reporte que se realice después de ese tiempo.
  5. REPORTES MENSUALES: Los reportes de las entidades financieras y comerciales deben realizarse mensualmente como mínimo, no se podrán realizar reportes desactualizado o como se acostumbraba por muchas financieras trimestralmente o esporádicamente, con esto se evitará tener desactualizada las bases de datos.
  6. HUELLAS CONSULTAS: Las consultas reiteradas o múltiples consultas a una persona por diferentes entidades financieras y/o crediticias no tendrán injerencia en el score crediticio de esa persona, no podrán las consultas bajar su puntuación.

Así como tampoco se puede consultar a una persona en centrales de riesgo para otorgarle o no un empleo. 

Ahora bien, lo que realmente resulta beneficioso para los deudores morosos es lo consignado en el RÉGIMEN DE TRANSICIÓN de la ley de borrón y cuenta nueva. Es un nuevo ciclo para aquellas personas con muerte financiera y que los reportes negativos les han negado el acceso a créditos hipotecarios, libre inversión con entidades del sector financiero. 

El régimen de transición es de un año a partir de la entrada en vigencia de la citada ley, que se espera sea firmada y sancionada por el presidente en poco tiempo. Las obligaciones en mora o extinguidas durante este periodo solo permanecerán con reporte negativo máximo 6 meses. Ante esto se pueden presentar 3 situaciones:

  1. Si la obligación en mora ya ha sido cancelada o extinguida al momento de entrar en vigencia la ley y ha permanecido por lo menos 6 menos reportada esa información negativa la caducidad será inmediata, es decir debe la central de riesgo dar de baja ese reporte negativo.
  2. Si la obligación en mora es cancelada o extinguida durante los 12 meses a partir de la vigencia de la ley, el reporte negativo sólo permanecerá hasta por 6 meses contados desde el momento del pago, dependiendo del tiempo en mora que haya reportado..
  3. Si la obligación en mora es cancelada o extinguida antes de entrar en vigencia la ley y ha permanecido menos de 6 meses el reporte negativo en las centrales de riesgo hasta ese momento, se completarán los 6 meses de permanencia y debe ser dado de baja inmediatamente del banco de datos.

Una vez termine el periodo de transición de ley, es decir ya transcurridos los 12 meses después de la entrada en vigencia de esta, la permanencia de una obligación en mora es del doble del tiempo en mora o máximo 8 años como esto se mantiene tal como se venía manejando.

Existen unas excepciones para este régimen de transición de la ley borrón y cuenta nueva y busca que los reportes sean retirados de las centrales de riesgo inmediatamente se produzca el pago de las obligaciones o cuotas en mora, es decir NO deben esperar los 6 meses de permanencia que menciona la ley. ¿Quiénes se benefician de esta excepción?

  1. Pequeños productores agropecuarios
  2. Víctimas del conflicto armado
  3. Jóvenes y mujeres rurales con créditos agropecuarios con Finagro
  4. Deudores y Codeudores del Icetex 

Ley borrónPuedes hacer créditos digitales para pagar tus cuotas en mora y mejorar tu puntaje crediticio aprovechando los beneficios de la ley borrón y cuenta nueva: UN CRÉDITO DIGITAL RÁPIDO, FÁCIL Y SEGURO.

Todos hablan de la gran oportunidad que tienen las personas con reportes negativos hoy en Colombia, pero lo realmente importante es la conciencia que puedan tomar los usuarios crediticios de la necesidad de mantener buenos hábitos de pago, acompañados de la profundización en temas de educación financiera, cuando se avance en estos dos aspectos podemos ver los beneficios de esta ley de borrón y cuenta nueva.

Escrito por Marta Montero Gómez